Extensión Universitaria

El Departamento de Extensión Universitaria está llamado a contribuir al cambio y la transformación de la institución y la comunidad extrauniversitaria, contribuyendo de manera especial a la formación integral de los estudiantes universitarios, futuros profesionales a través del proceso docente, la investigación y la propia extensión universitaria en sus acciones de carácter extracurricular.

La extensión universitaria debe entenderse como “el proceso universitario que tiene como objetivo promover la cultura (en su acepción más amplia) en la comunidad universitaria y el entorno social, para contribuir a su desarrollo cultural, a la transformación social y al mejoramiento de la sociedad en su conjunto, incluyendo dentro de ella la propia Universidad. El Departamento de Extensión Universitaria contribuye a la formación socio - humanista, a la reafirmación de la identidad cultural regional y nacional, la formación de valores, el mejoramiento de la calidad de vida de la personas; tanto en la sociedad como en la comunidad universitaria, enfatizando en la preparación de los estudiantes, futuros profesionales, de forma tal que contribuya a la formación de una cultura general, sinónimo de formación integral, de desarrollo político, de liderazgo, de competencia profesional. La importancia que se le concede a la extensión universitaria, está dada por su alto valor educativo y por la trascendencia que para la formación del profesional tiene la integración de los contenidos de la profesión con los elementos educativos que aporta estas actividades de interacción con las comunidades.

Área de Servicio Comunitario

Es una entidad organizativa – funcional adscrita al Departamento de Extensión Universitaria, encargada de gerenciar la prestación del servicio comunitario por parte de los estudiantes que cursan en el Instituto las carreras que ofrece a nivel de estudios de pregrado, con el propósito de que apliquen los conocimientos teórico – prácticos adquiridos durante su proceso formativo para satisfacer necesidades sentidas por las comunidades conformantes del entorno institucional, contribuyendo a mejorar su calidad de vida.

Se entiende por Servicio Comunitario, la actividad que deben desarrollar en las comunidades los estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad, para cooperar con su participación al cumplimiento de los fines del bienestar social, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en esta Ley. (Art. 4, Ley de Servicio Comunitario 2005)

Horario de Atención al Público:

Lunes a Viernes
8:00 a.m. a 12:00 m.
y
3:00 p.m. a 7:00 p.m.